Directiva del MINSA indica que los trabajadores del grupo de riesgo
- enfoque alanoticia
- Dec 4, 2021
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Las empresas deberán evaluar el estado de salud de sus trabajadores antes de que regresen a laboral de manera presencial, si estos pertenecen al grupo de riesgo como adultos mayores, personas con enfermedades crónicas, entre otras no podrán retornar a las oficinas según la Directiva Administrativa N°321 aprobada por el Ministerio de Salud (Minsa).

El documento dictaminado por el Minsa para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo a exposición al SARS-CoV-2, establece las siguientes disposiciones para el regreso al trabajo:
Los trabajadores de grupo de riesgo con vacunación incompleta o pendiente deben continuar realizando actividades remotas.
El retorno o reincorporación del personal con factores de riesgo para COVID-19 debe ser progresivo, considerando el aforo, tarea y jornada laboral.
El retorno o reincorporación al trabajo en puestos de trabajo de alto o muy alto riesgo debe considerar jornadas semipresenciales por 30 días y reevaluación de 30 días.
También se autoriza el retorno al trabajo en presencia de los trabajadores con alta epidemiológica a raíz del COVID-19, la cual debe ser emitida por un médico.
En el caso de trabajadores que se contagiaron del COVID-19 y padecieron síntomas moderados, graves e incluso llegaron a ser hospitalizados, se dispone que el alta solo lo determinará su médico tratante y para la reincorporación a sus actividades laborales, se hará según los resultados de la evaluación por el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Fuente: El Comercio
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